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Acceso Clientes

Seguros

Definición del Servicio

Seguro de Ley

Es el seguro de vehículo de motor obligatorio que se requiere para transitar en la República Dominicana de acuerdo con la ley 146-02 que lo rige, imprescindible que todos los vehículos transiten con el seguro mínimo de ley.

Servicios Adicionales

Grua: Es el servicio que se contrata con el objetivo de ser usado en los eventos que amerita. El rescate del vehículo, el mismo se limita a la cobertura establecida en la póliza.

Responsabilidad civil (RC): Es la responsabilidad y obligación que tienen las personas para indemnizar los daños causados que se adicionan a partir de la cobertura de la póliza.

Centro Automovilístico y/o casa del conductor: Es la entidad autorizada para dar acogida a los involucrados en algún accidente para tramitar el reporte del accidente y asesorar al asegurado.

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