Es el seguro de vehículo de motor obligatorio que se requiere para transitar en la República Dominicana de acuerdo con la ley 146-02 que lo rige, imprescindible que todos los vehículos transiten con el seguro mínimo de ley.
Grua: Es el servicio que se contrata con el objetivo de ser usado en los eventos que amerita. El rescate del vehículo, el mismo se limita a la cobertura establecida en la póliza.
Responsabilidad civil (RC): Es la responsabilidad y obligación que tienen las personas para indemnizar los daños causados que se adicionan a partir de la cobertura de la póliza.
Centro Automovilístico y/o casa del conductor: Es la entidad autorizada para dar acogida a los involucrados en algún accidente para tramitar el reporte del accidente y asesorar al asegurado.